Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1153/2010-R
Fecha: 27-Ago-2010
Fragmento 5
En virtud de la designación de las nuevas autoridades, por Acuerdo Jurisdiccional 001/2010 de 8 de marzo, el Pleno dispuso el reinicio de los cómputos. En consecuencia, se sorteó el expediente el 7 de julio del año en curso, razón por la cual, la Resolución emitida se encuentra dentro del plazo establecido.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- concedió
- Fragmento 5
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- Fragmento 14
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- “accionante”
- antes de la notificación con el amparo al que hubiere dado lugar,
- “la paciente a la fecha se encuentra bastante restablecida y lo retiran de la Clínica con alta solicitada por la hija y el esposo, en caso de que algo sucediera con la paciente, será de entera responsabilidad de los solicitantes del ALTA MEDICA”
- Fragmento 19
- REVOCAR