Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1153/2010-R
Fecha: 27-Ago-2010
II.5.
II.5. El 19 de julio de 2007, Carolina Márquez Madani, presentó al Director de la clínica AMID, solicitud de alta médica de la paciente María Mamani Alarcón, madre de la recurrente, aduciendo ser personas de escasos recursos económicos y no estar en condiciones de cubrir los gastos que exceden del SOAT; asimismo pidió se realice la liquidación del monto adeudado, a efectos de gestionar para que el responsable del accidente, se haga cargo de todos los gastos; solicitud que fue reiterada mediante carta de 31 del mismo mes y año, además de pedir se permita su traslado a otro centro médico para que se le opere de la fractura de fémur (fs. 6 y 7).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- concedió
- Fragmento 5
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- Fragmento 14
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- “accionante”
- antes de la notificación con el amparo al que hubiere dado lugar,
- “la paciente a la fecha se encuentra bastante restablecida y lo retiran de la Clínica con alta solicitada por la hija y el esposo, en caso de que algo sucediera con la paciente, será de entera responsabilidad de los solicitantes del ALTA MEDICA”
- Fragmento 19
- REVOCAR