SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1164/2010-R
Fecha: 27-Ago-2010
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
Los recurrentes a tiempo de ratificarse en su demanda, agregaron que una vez resuelta la consulta efectuada por “NUEVATEL” S.A., la licitación se llevó a cabo solamente con dos empresas COMTECO Ltda. y STARTEL Bolivia S.A., convalidando así el proceso, pues al momento de presentación de propuestas no existió otra impugnación, constituyendo aceptación tácita a lo establecido en el pliego de especificaciones. El proceso concluyó con la adjudicación a su representada porque cumplió todas las especificaciones, empero, en forma extemporánea se anuló la adjudicación atentando contra el principio de preclusión. Cuando COMTECO Ltda., conoció de la nota aclaratoria solicitada por NUEVATEL S.A., tenía el derecho de observar o impugnarla antes de presentar su propuesta.
- recurso
- I.1.1. Hechos que lo motivan
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 18
- III.1. Consideraciones previas. Aplicación de la Constitución Política del Estado vigente y uso de terminología adecuada en la acción de amparo constitucional
- Fragmento 20
- Fragmento 21
- el supuesto acto ilegal a juicio de los accionantes es la
- enmienda de uno de los cuatro puntos de la parte resolutiva
- la empresa representada hoy por los accionantes interpuso recurso jerárquico contra la
- El 21 de diciembre de 2006 a través de la Resolución Administrativa Nº 1254, la Superintendencia General resuelve:
- Resolución Administrativa (RA) 1254 de 21 de diciembre de 2006, la Superintendencia General del SIRESE, calificó el recurso jerárquico interpuesto por la empresa STARTEL Bolivia S.A. -representada por los accionantes-, como recurso de revocatoria, e instruyó a la Superintendencia de Telecomunicaciones, entidad demanda en este amparo constitucional- la sustanciación de dicho recurso por el que se impugnó la Resolución Administrativa Regulatoria 2006/1595
- no es posible soslayar la RA 1254 de 21 de diciembre de 2006
- REVOCAR