SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1164/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1164/2010-R

Fecha: 27-Ago-2010

I.2.3. Intervención del tercero interesado

Claudio Heredia Quinteros, a través de su abogado señaló que trabajó durante treinta años para el representado de la recurrente y en virtud a ello interpuso demanda laboral que culminó con la Sentencia dictada por la Jueza Segunda de Partido del Trabajo y Seguridad Social. Se debe tener en cuenta que el amparo no es sustitutivo, estando facultado el representado de la recurrente para interponer compulsa y no acudir directamente a este recurso extraordinario para dejar sin efecto el Auto de Vista que se encuentra ejecutoriado.