SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1363/2010-R
Fecha: 20-Ago-2010
recurso
En revisión la Resolución 32 de 28 de junio de 2007, cursante de fs. 80 vta. a 81 vta., pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional interpuesto por Lilian Ticona Pimentel y Gary Peña Eihsner en representación de Claudio Stevanelli, Mauricio José de Oliveira, Luis Borges Ferreira, Marcelo de Aguiar, Simiao Rodríguez Da Silva y José Manuel Da Silva contra Jacinto Morón Sánchez, Teresa Lourdes Ardaya Pérez y Teresa Vera Cañellas de Gil, Vocales de la Sala Penal Primera de la Corte Superior del mismo Distrito Judicial, alegando la vulneración de los derechos de sus representados, a la “seguridad jurídica” y al debido proceso, citando al efecto los arts. 7 inc. a) y 16.IV de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.7.
- II.9.
- Fragmento 12
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- Fragmento 16
- III.3. El debido proceso: Acceso a la justicia, juez natural, e igualdad
- III.4.
- en el caso que se analiza de contrabando, previsto en el art. 175 inc. 5) del CTB, son los jueces en materia penal
- el control de la investigación corresponde al juez instructor, mientras que el juzgamiento a los jueces de sentencia, en tanto no se implementen los tribunales de sentencia y los jueces instructores en materia tributaria
- III.5.
- POR TANTO