Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0252/2010-RCA
Fecha: 16-Sep-2010
con los fundamentos expuestos, APROBAR
El Tribunal Constitucional a través de la Comisión de Admisión, en ejercicio de la facultad conferida por los arts. 4.I y II de la Ley 003 y 7 inc. 8) de la LTC, en revisió, resuelve, con los fundamentos expuestos, APROBAR la Resolución 381/08 de 17 de noviembre de 2008, cursante a fs. 593, pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, con la aclaración de que lo que correspondía era RECHAZAR IN LÍMINE la acción.
- revisión
- I.1. Síntesis del recurso
- a)
- I.4. Petitorio
- 1)
- rechazó
- I.6. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1. rechacen el recurso, ya sea por incumplimiento de requisitos de fondo o por falta de subsanación de los requisitos de forma dentro del plazo establecido por el art. 98 de la LTC
- I.
- Fragmento 11
- II.3.1.
- II.3.2.
- la nota incluida por la Secretaria de Cámara de la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz que señala qué fojas y de qué cuerpo fueron legalizadas (fs. 565)
- con los fundamentos expuestos, APROBAR