AUTO CONSTITUCIONAL 0286/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0286/2010-RCA

Fecha: 21-Sep-2010

II.3.2..

II.3.2..De la revisión del memorial de interposición de la acción extraordinario, se establece que si bien, el accionante observó los requisitos de contenido establecidos en el art. 97.III y VI de la LTC, al relatar los hechos que le sirven de fundamento; es decir, la orden efectuada por el Juez demandado para retener un remanente del dinero sobrante, al rematarse la casa de los ejecutados, por la existencia de una supuesta planilla de costas procesales y regulación de honorarios, que no fue notificada legalmente a sus mandantes, imposibilitando que éstos efectúen observaciones al respecto e indicar como lesionados los derechos de sus representados a la seguridad jurídica, a la defensa y a la garantía del debido proceso.