III.1. El problema jurídico planteado en el amparo constitucional
El accionante, en representación de Antonio Gustavo Andia Saavedra, Mariano Ballivián Chávez y Nadiezhda Grachov Yegorba presentó amparo constitucional con el argumento que dentro de un proceso ordinario tramitado en el Juzgado Quinto de Partido en lo civil y Comercial del Distrito Judicial de Cochabamba, el juez demandado rechazó el recurso de apelación que presentaron contra la sentencia, con el argumento de haber sido formulado extemporáneamente, sin considerar que solicitaron explicación y complementación de la Sentencia y que de acuerdo al art. 196 del CPC los plazos para la apelación se suspenden.
- Partes: Sergio Antonio Verduguez Guzmán
- I. Los principios que guían la interpretación de las normas sobre derechos humanos
- interpretación favorable a los derechos de la Ley fundamental
- es hacer justicia
- I.1. Principio pro homine
- i)
- será protegida oportuna y efectivamente
- Garantizar el cumplimiento de los principios, valores, derechos y deberes
- precautela el respeto y la vigencia de los derechos y las garantías constitucionales”.
- oportuna y efectiva
- I.3. El principio de progresividad
- limitar el goce y ejercicio de cualquier derecho o libertad que pueda estar reconocido de acuerdo con las Leyes de cualquiera de los Estados Partes
- No podrá admitirse restricción o menoscabo de ninguno de los derechos humanos fundamentales reconocidos o vigentes en un Estado Parte en virtud de Leyes, convenciones, reglamentos o costumbre, so pretexto de que el presente Pacto no los reconoce
- II. La solicitud de enmienda, complementación y aclaración
- se suspenden
- la Resolución se ejecutoria
- es inadmisible cualquier recurso presentado por las partes
- III.1. El problema jurídico planteado en el amparo constitucional
- concedió
- rechazó el escrito
- III.4. Fundamentos de la disidencia
- apruebe
