SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0005/2010
Fecha: 20-Sep-2010
I.3. Alegaciones de la autoridad recurrida
Ante la confirmatoria, María Lourdes Pérez Ramírez, en apoyo del art. 550 del CPC, solicitó la ejecución provisional de la misma, procediéndose con carácter previo a la calificación y determinación de la fianza de resultas y una vez inscrita la caución real, que en tal calidad fue señalada, se procedió al trámite de ejecución de sentencia.
Si bien es evidente que, Armando Pereira Martínez, recurrió en grado de casación, debe tenerse presente que el art. 550 del Código Civil (CC), y el instituto procesal de fianza de resultas tiene por finalidad que sin perjuicio de la interposición de dicho recurso, la sentencia confirmada puede ser ejecutada en todas sus partes, previa otorgación de la fianza de resultas.
El recurrente funda su pretensión en el único argumento de que la actividad del recurso de casación supone que la ejecución provisional de la sentencia debería tramitarse como una cuestión accesoria, lo cual no es posible dada la naturaleza de puro derecho del cual quedan excluidos asuntos de índole fáctica, más aún si conforme lo establecido en el art. 550 del CPC, es al juez o tribunal a quien corresponde la determinación de la fianza de resultas a los efectos de una ejecución provisional de sentencia. Si bien el art. 32 de la LOJabrg, establece la suspensión de la jurisdicción por apelación concedida en ambos efectos, esta cesa cuando se producen los supuestos establecidos por el art. 550 del CPC, con relación al 256 del mismo cuerpo legal, por lo que la ejecución provisional de sentencia se halla sujeta a las normas conferidas por ley.
Finalmente cabe aclarar que la referida ejecución provisional, podía ser impugnada a través de los recursos ordinarios establecidos en la Ley Procesal Civil y no a través del recurso directo de nulidad; debiendo además tenerse presente que ya fue cumplida por el recurrente tal cual consta en antecedentes.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.
- Fragmento 5
- I.3. Alegaciones de la autoridad recurrida
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- III.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.2. Cómputo del plazo legal para la interposición del recurso directo de nulidad
- Fragmento 12
- III.3. Aplicación de la interpretación constitucional a los procesos en trámite
- III.5. Caso analizado
- IMPROCEDENTE