SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0005/2010
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0005/2010

Fecha: 20-Sep-2010

II.2.

II.2.  María Lourdes Pérez Ramírez, apoyada en el art. 550 del CPC, solicitó la ejecución provisional de la Sentencia, dando en calidad de fianza de resultas un inmueble de su propiedad (fs. 34). Por Auto 453/2007de 21 de agosto, el Juez recurrido, con carácter previo calificó la fianza de resultas en la suma de $us60 000.- (sesenta mil dólares estadounidenses) (fs. 42). Ante la presentación del certificado alodial requerido por el Juez (fs. 51 y vta.), por Auto 485/2007 de 13 de septiembre, se aceptó la fianza real disponiendo la inscripción en el registro de Derechos Reales (DD.RR.) y se libre la provisión ejecutoria respectiva (fs. 59). Contra el Auto referido interpuso recurso de apelación el 24 de septiembre de 2007 y corrido en traslado y respondido que fue por Auto de 27 del indicado mes y año, se concedió en el efecto devolutivo (fs. 66 a 67).