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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0026/2010
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0026/2010

    Fecha: 20-Sep-2010

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    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.2. Autoridad recurrida y petitorio
    • I.2 Admisión y citación
    • a)
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de   constitucionalidad
    • previsión que esta concebida por la Constitución como una de las garantías jurisdiccionales
    • I.-
    • es un medio jurisdiccional reparador
    • La actuación del agraviado debe ser diligente y oportuna
    • Antecedente jurisprudencial
    • consideren que la autoridad actuó sin competencia, deben cuestionar tal falencia por las vías que los respectivos procedimientos les otorgan, y sólo cuando no exista ninguna, podrán ocurrir ante la jurisdicción constitucional, pues aceptar cuestiones de competencia acaecidos durante el desarrollo de procedimientos administrativos o procesos judiciales no condice con la naturaleza del recurso directo de nulidad
    • lo que impone el deber de agotar éstos antes de acudir al recurso directo de nulidad
    • posteriormente confirmada que fue la Resolución apelada, planteó recurso jerárquico
    • Fragmento 16
    • se apersonó ante la Superintendencia Tributaria Regional solicitando dicte Resolución
    • RS 226648 de 8 de septiembre de 2006
    • IMPROCEDENTE

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