SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0027/2010
Fecha: 20-Sep-2010
II.1.
II.1. Los días 5 y 6 de octubre de 2006, en las concesiones ubicadas en el cerro "Posokoni", se suscitó un conflicto entre trabajadores y cooperativistas mineros de Huanuni, que motivó la suscripción del convenio de 31 de octubre del mismo año, entre las Cooperativas Mineras "Karazapato Ltda., La Salvadora Ltda., Libres Ltda., y Relaveros Playa Verde Ltda.", mediante el cual la COMIBOL, contrató por tiempo indefinido a todos los trabajadores de las cooperativas, como trabajadores regulares en la Empresa Minera Huanuni, a cuyo efecto se emitió el DS 28901 de 3 de octubre de 2006, estableciendo en su art. 3, que quedan resueltos los contratos y adendas de arrendamiento de yacimientos suscritos a favor de las cooperativas mineras "Karazapato Ltda., La Salvadora Ltda., Libres Ltda. y Relaveros Playa Verde Ltda.
- recurso directo de nulidad
- I.1. Contenido del recurso
- a)
- I.5. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El recurso directo de nulidad frente al cambio de orden constitucional
- III.2.
- Jurisprudencia constitucional
- III.3. El caso en examen
- 2º