SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0035/2010
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0035/2010

Fecha: 20-Sep-2010

Fragmento 9

         Es preciso señalar que conforme a lo establecido en la Disposición Abrogatoria y Disposición Final de la Constitución Política del Estado vigente (CPE) puesta en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial el 7 de febrero de 2009, que de manera expresa se ha abrogado la Constitución Política del Estado de 1967 y sus reformas posteriores; en concordancia con ello el art. 6 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público, establece que en la labor de resolución y liquidación de causas ingresadas hasta el 6 de febrero de 2009, el Tribunal Constitucional debe hacer prevalecer la primacía de la Constitución Política del Estado vigente.