SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1169/2010-R
Fecha: 06-Sep-2010
i)
Los abogados de los terceros interesados a su turno, manifestaron: i) Sus patrocinados de buena fe adquirieron el bien inmueble en el año 1997, del ex Director del BIDESA en liquidación, Lizardo Barrancos Arce, llevándolos al Banco a pagar el precio, saliendo de ahí el recibo de caja por transferencia de bien inmueble; que dentro el proceso penal que le siguieron hizo sendas certificaciones acerca de haber recibido el pago de $us16 000 (dieciséis mil dólares estadounidenses), que recibió el Banco; ii) La entidad bancaria inicia de mala fe un proceso de desocupación; sin embargo, de tener certificado de la recepción del dinero por concepto de compraventa, quedándoles nada más que interponer el recurso de oposición adjuntado un documento de compraventa y certificado de haber recibido el pago en esa fecha; iii) La SC 1315/2004-R de 17 de agosto, establece que cuando se demanda la incompetencia de un tribunal, no procede demandar la nulidad en vía de amparo constitucional, existiendo un recurso de nulidad, ello con respecto al punto 3.5 del recurso; iv) El Tribunal Constitucional también ha impuesto una restricción determinando que el análisis de la prueba es labor privativa de los jueces y tribunales de la jurisdicción ordinaria; y, v) Si bien es cierto que la ejecución de una resolución con calidad de cosa juzgada no puede ser suspendida por ningún recurso ordinario ni extraordinario, esta regla general prevista en el art. 517 del CPC, tiene su excepción a través del art. 45 de la LAPCAF, legislada por el Congreso Nacional, porque no hay una demanda que lo haya expulsado del ordenamiento jurídico; y, vi) La oposición al desapoderamiento, es una acción netamente accidental conforme el art. 289.II del Código Civil (CC).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional.
- II.2.
- II.4.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.4. Análisis del Caso
- APROBAR