Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1169/2010-R
Fecha: 06-Sep-2010
II.4.
II.4. Mediante Auto de 30 de de junio de 2005, el Juez Tercero de Partido en lo Civil y Comercial concede el recurso de apelación planteado contra el Auto de 3 de mayo, disponiendo alternativamente en el otrosí primero, que el demandado proceda a la entrega del inmueble en el plazo de treinta días de su legal notificación, bajo alternativa de librarse mandamiento de desapoderamiento (fs. 30).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional.
- II.2.
- II.4.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.4. Análisis del Caso
- APROBAR