SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1185/2010-R
Fecha: 06-Sep-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente, alega la vulneración de sus derechos a la “seguridad jurídica”, a la defensa, a la igualdad y al debido proceso, argumentando que, dentro del proceso penal instaurado en su contra y otros, por la presunta comisión de los delitos de giro defectuoso de cheque, apropiación indebida y abuso de confianza, planteó objeción a la querella que fue rechazada, motivando interponga apelación, instancia en la cual, los Vocales de Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, recurridos, emitieron el Auto de Vista 11 de 9 de enero de 2007, confirmando el rechazo impugnado, fallo de fondo en el que se pronunciaron sobre uno de los puntos apelados, respecto a la falta de claridad y precisión en los hechos expuestos en la querella, omitiendo hacerlo con relación a los otros, procediendo de la misma manera en el Auto complementario de 17 del mismo mes y año. Estas Resoluciones, a decir de la recurrente, carecen de la debida fundamentación, son incompletas, insuficientes e incongruentes. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales de la recurrente, a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación del recurso
- Fragmento 6
- 1)
- Fragmento 8
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. La seguridad jurídica y la triple dimensión del debido proceso
- Fragmento 23
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR