Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1225/2010-R
Fecha: 13-Sep-2010
II.3.
II.3. Por memorial de 21 de febrero de 2006, Dianne Evelyn Anglarill Gutiérrez, ahora recurrente, en representación de la Fundación Proyecto Hogar Solidario, devuelve cedulón y pide nulidad de la citación, arguyendo que el demandado se encuentra en el país (fs. 73 a 74 vta.), rechazado el incidente de nulidad interpuesto, mediante Auto de Vista 97/06 de 27 de marzo del mismo año, por no ser parte del proceso (fs. 85 vta.), apelada es otorgada en el efecto diferido (fs. 123 vta.).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- La regla
- La sub regla
- Situaciones excepcionales en las que se hace abstracción a la exigencia de subsidiariedad:
- III.3. Análisis del caso concreto
- derecho
- APROBAR