Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1226/2010-R
Fecha: 13-Sep-2010
recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
En revisión la Resolución de 23 de julio de 2008, cursante de fs. 16 a 17, pronunciada por el Juez de Partido Mixto y de Sentencia de la localidad de Ivirgarzama del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad, interpuesto por Julia Fanny Farfán Tórrez contra Ximena Rodríguez Bayón, Jueza de Instrucción Mixta, Liquidadora y cautelar de la misma Localidad y Amalia Cruz Vera, Fiscal de Sustancias Controladas, alegando la vulneración de su derecho a la libertad personal, sin citar la norma constitucional que lo contiene.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y resolución del Juez de garantías
- a)
- improcedente
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- en el orden procesal en lo atinente a la terminología de esta acción tutelar
- III.2.
- empero, en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas”
- en los casos que en materia penal se impugnen actuaciones no judiciales
- Primer Supuesto:
- Segundo Supuesto:
- III.3. Análisis de la problemática planteada
- 251 del CPP,
- (Actos Conclusivos)
- debió de recurrir de apelación incidental
- no podía acudir directamente al recurso hábeas corpus -ahora acción de libertad
- 2007
- POR TANTO
- 1° APROBAR