SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1231/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1231/2010-R

Fecha: 13-Sep-2010

III.3. Análisis del caso concreto

En relación a la supuesta vulneración del derecho de petición, por falta de respuesta a las solicitudes de certificación y fotocopias legalizadas de 23 de enero de 2007 y 1 de febrero de 2007, cursadas por la ahora accionante a la Comuna de “Valle Hermoso”, del análisis de los antecedentes, se constata que la autoridad demandada dio respuesta a dichas solicitudes dentro de un plazo razonable, así se evidencia del oficio CVH 096/07 de 29 de enero, mismo que fue recepcionado por Juana Suárez Arze, ahora accionante, el 6 de febrero de 2007, conforme se hizo constar en el informe evacuado (fs. 10) en el que textualmente señala: “No se tiene documentación alguna de la OTB Villa Venezuela concerniente a su derecho propietario (en mi poder)..”; “Para poder tener mas datos y mayores elementos de juicio, se envía al Departamento de Bienes Municipales en fecha 22/09/06, una nota requiriendo la documentación de propiedad por parte de la Comuna sobre la mencionada vía. Hasta la fecha no hemos tenido respuesta alguna, motivo por el cual reiteramos la solicitud al referido departamento. Se adjuntan: …” (sic). El informe de referencia fue ofrecido como prueba de descargo por parte de la autoridad demandada por memorial de 27 de febrero de 2007 (fs. 81); es decir, antes de efectuada la audiencia de amparo constitucional, sin que la misma haya sido objetada de manera alguna por Juana Suárez Arze.