SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1245/2010-R
Fecha: 13-Sep-2010
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Dentro de la investigación signada como 1362/08, por la presunta comisión de los delitos de falsedad material, falsedad ideológica y uso de instrumento falsificado que siguen en contra suya sus hijas Sarah Adela Tórrez Valero y Wendy Elionor Tórrez Valero, cuya dirección funcional se encuentra a cargo de la Fiscal recurrida, desde la fecha de interposición de la denuncia que data de febrero de 2008, la investigación fue conducida transgrediendo las normas establecidas en la Ley Orgánica del Ministerio Público, el Código de Procedimiento Penal y la Constitución Política del Estado abrogada, debido a que en ningún momento se le notificó legal y oportunamente con dicha denuncia; empero, fue perseguida por dicha autoridad, quien trató de detenerla sin cumplir con las formalidades de ley.
Ante ello y precautelando por su seguridad e integridad personal, mediante memorial de 10 de mayo de 2008, se apersonó voluntariamente ante la Fiscal y solicitó el señalamiento de fecha y hora para prestar su declaración informativa, constituyendo su domicilio procesal; escrito que no tuvo ninguna respuesta y por el contrario, la indicada autoridad ordenó su notificación mediante "cedulón" que, en su ausencia, fue pegado en la puerta de su domicilio real, cuando lo correcto era la citación en su domicilio procesal. Dicha autoridad, falseando la verdad y sorprendiendo al Juez Noveno de Instrucción en lo Penal y cautelar, solicitó mandamiento de aprehensión; por lo que, el 22 de julio de ese año, fue perseguida por dos policías uniformados con la finalidad de aprehenderla, cuando fácilmente pudo ser citada en su domicilio procesal ya constituido.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- "accionante"
- ordenar la tutela
- III.3. Alcance y finalidad del recurso de hábeas corpus, hoy acción de libertad
- se ha establecido el principio general según el cual, para la procedencia del hábeas corpus es ineludible que el recurso sea dirigido contra el sujeto que cometió el acto ilegal o la omisión indebida, o contra la autoridad que impartió o ejecutó la orden que dio lugar a la persecución, aprehensión, detención, procesamiento o apresamiento indebidos o ilegales;
- III.5. Análisis del caso concreto