SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1248/2010-R
Fecha: 13-Sep-2010
Fragmento 6
La tercera interesada, Juanita Vargas Rodríguez, en audiencia expresó que: a) Hace suyo el informe del Juez recurrido, quien luego de tres años y tres meses ha cumplido con la ley, en relación a la ejecución coactiva de la Sentencia, que no puede suspenderse por ningún recurso. Asimismo, hace conocer al Tribunal de garantías que los recurrentes han interpuesto otros recursos constitucionales que han sido declarados improcedentes, por lo que no se puede repetir un asunto ya resuelto por otros amparos; y, b) La inscripción del derecho propietario que invocan los recurrentes, es posterior al del la hipoteca, y su persona se adjudicó el inmueble en remate, venta judicial que está debidamente registrada y los recurrentes debieron deducir la oposición a los diez días de su adjudicación y no lo hicieron presentándola después, rechazándola el Juez de la causa, no en una sola ocasión, sino en varias; sin saber su persona, en el Juzgado, en vez de tramitar una sola oposición, como manda la ley, se les permitió plantear una serie de oposiciones demorando la tramitación, finalmente este 2007 en el mes de julio fue rechazado el último incidente, procediendo a la ejecución del mandamiento de desapoderamiento el 2 de agosto de ese año y la suspensión del desapoderamiento dispuesta por el Tribunal de garantías, es incorrecta, porque ya se ejecutó, más aún habiendo una apelación pendiente y sabiendo que el amparo constitucional no es recurso sustitutivo, a lo que se agrega que existe una demanda ordinaria, solicitando se declare improcedente el recurso.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- concede
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- III.3.Improcedencia del recurso de amparo constitucional frente a resoluciones que por cualquier otro recurso puedan ser modificadas o suprimidas
- Fragmento 22
- III.4. El caso en examen
- concedido
- REVOCAR