Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1248/2010-R
Fecha: 13-Sep-2010
II.8.
II.8. Los recurrentes mediante memorial de 20 de julio de 2007, solicitaron al Juez Segundo de Partido en lo Civil y Comercial, que sustanció el proceso coactivo, la suspensión del desapoderamiento, adjuntando al efecto copia de la demanda ordinaria, que fue desestimada el 21 del mismo mes y año, contra el que interpusieron recurso de apelación que se encuentra pendiente de resolución, según lo afirmado por la autoridad recurrida y recurrentes (fs. 33 a 35).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- concede
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- III.3.Improcedencia del recurso de amparo constitucional frente a resoluciones que por cualquier otro recurso puedan ser modificadas o suprimidas
- Fragmento 22
- III.4. El caso en examen
- concedido
- REVOCAR