Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1249/2010-R
Fecha: 13-Sep-2010
II.6.
II.6. El 6 de diciembre de 2006, la Actuaria del Juzgado de la causa facciona la planilla de tasación de costas procesales cuyo total asciende a la suma de Bs772.- (fs. 151), suma que es depositada por el ejecutado mediante certificado de depósito judicial (fs. 169), la que es aprobada por Auto de 18 de diciembre de 2006, además se regula el honorario de abogado en la suma de $us895,5.-. El ejecutado deposita la suma de Bs772.-, mediante certificado de depósito de 3 de enero de 2007 (fs. 162 y 169).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “accionante”
- III.3.
- Fragmento 17
- denegado
- APROBAR