Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1249/2010-R
Fecha: 13-Sep-2010
II.7.
II.7. Concedida la apelación de los Autos de 13 y 18 de diciembre de 2006, por Auto de 8 de enero de 2007 (fs. 175); el Juez Tercero de Partido en lo Civil y Comercial, por Auto de Vista de 31 de mayo de 2007, anula el Auto de aprobación de remate de 13 de diciembre de 2006, confirma el Auto de 18 de diciembre de 2006, sobre aprobación de costas y regulación de honorario de abogado; consiguientemente, declara cancelada la obligación ejecutada, excepto los honorarios de abogado (fs. 183).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “accionante”
- III.3.
- Fragmento 17
- denegado
- APROBAR