SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1257/2010-R
Fecha: 13-Sep-2010
a)
De acuerdo a lo expuesto, plantean recurso de amparo constitucional contra René Rojas Bonilla y Antonio Fagalde Revilla, Vocales de la Sala Penal de la Corte Superior; Delfín Humberto Betancourt Chinchilla, Roberto Arancibia Vedia, Jueces Técnicos del Tribunal Primero de Sentencia; Alejandro Flores Huallpa, Juez Primero de Instrucción en lo Penal y cautelar, todos del mismo Distrito Judicial de Pando y Moisés Díaz Vedia, Fiscal de Sustancias Controladas; solicitando: a) La corrección y enmienda a la interpretación del numeral 4 del art. 234 del CPP, de conformidad a la SC 0129/2007-R de 13 de marzo; b) Disponga que se deje sin efecto el Auto de Vista de 24 de agosto de 2007, emitiéndose un nuevo Auto con la corrección solicitada; y, c) Sea el Tribunal, que disponga que se respeten los derechos constitucionales.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- Cuando se hubiere interpuesto anteriormente un recurso constitucional
- III.4. Análisis del caso
- 1º APROBAR
- 2º