Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1257/2010-R
Fecha: 13-Sep-2010
II.2.
II.2. Mediante memorial de 8 de agosto de 2007, el representado del recurrente, reitera solicitud de cesación de detención preventiva a los Jueces del Tribunal de Sentencia; la misma que fue rechazada por Auto pronunciado el 11 de agosto de 2007; determinación que fue apelada, mereciendo el Auto de 24 del citado mes y año, por el cual, la Sala Penal de la Corte superior, confirma el Auto apelado (fs. 17 a 25)
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- Cuando se hubiere interpuesto anteriormente un recurso constitucional
- III.4. Análisis del caso
- 1º APROBAR
- 2º