Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1266/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1266/2010-R

    Fecha: 13-Sep-2010

    I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio

    Con esos antecedentes planteó recurso de amparo constitucional contra Juan Pereira Olmos, Fernando Leytón de la Quintana y Antonio Fagalde Revilla, Vocales de la Sala Civil de la Corte Superior del Distrito Judicial de Pando, pidiendo sea concedido y se disponga que el Distrito Judicial de Pando conozca el amparo invocado, imponiendo responsabilidades y pago de daños y perjuicios.

    • recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
    • I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
    • denegó
    • I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.3.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.   Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
    • III.2.  Términos procesales en la acción de amparo constitucional
    • Toda acción tutelar de derechos y garantías debe concluir con la Resolución del Tribunal Constitucional que conoce en revisión los fallos pronunciados por el Juez o Tribunal de amparo, conforme prescriben los arts. 19.IV CPE y. 102.V LTC
    • III.4. Análisis del caso concreto
    • Fragmento 15
    • denegado
    • APROBAR

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca