SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1266/2010-R
Fecha: 13-Sep-2010
I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
El presente expediente fue recibido en el Tribunal Constitucional el 24 de enero de 2008; sin embargo, ante las renuncias de Magistrados suscitadas en diciembre de 2007, este órgano quedó sin quórum, produciéndose una paralización en la resolución de causas; no obstante de ello y en virtud a la reciente designación de nuevos Magistrados, por Acuerdo Jurisdiccional 001/2010 de 8 de marzo, el Pleno resolvió el reinicio de los cómputos; en consecuencia, la causa fue sometida a sorteo el 18 de mayo de 2010, sin embargo al no lograr el proyecto de resolución la mayoría de votos requeridos, por Acuerdo Jurisdiccional 064/2010 de 9 de julio, se dispuso que la causa sea sorteada nuevamente, produciéndose tal actuado el 20 de julio del año en curso, por lo que esta Resolución es emitida dentro de plazo.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- denegó
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- Toda acción tutelar de derechos y garantías debe concluir con la Resolución del Tribunal Constitucional que conoce en revisión los fallos pronunciados por el Juez o Tribunal de amparo, conforme prescriben los arts. 19.IV CPE y. 102.V LTC
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 15
- denegado
- APROBAR