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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1271/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1271/2010-R

    Fecha: 03-Sep-2010

    3º

    3º   Se llama severamente la atención al Tribunal de garantías, por no haber tomado las previsiones necesarias tendientes a que la audiencia de consideración de cesación de la detención se celebre en el día y hora señalados, advirtiendo que en lo sucesivo, se remitirán antecedentes al Consejo de la Judicatura para los fines del art. 123 atribución tercera de la CPE.

    • recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • a)
    • 1)
    • improcedente
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • acción de libertad
    • ordenar la tutela
    • III.3.
    • o dilación
    • III.4.
    • III.5.
    • circular 05/2008 de 10 de abril,
    • POR TANTO
    • 3º

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