SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1271/2010-R
Fecha: 03-Sep-2010
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
El presente expediente fue recibido en el Tribunal Constitucional el 28 de abril de 2008; sin embargo, ante la renuncia de los Magistrados suscitada en diciembre del 2007, este órgano quedó sin quórum, produciendo una paralización en la resolución de causas; no obstante ello y en virtud a la reciente designación de nuevas autoridades, por Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público y mediante Acuerdo Jurisdiccional 001/2010 de 8 de marzo, el Pleno resolvió el reinicio de los cómputos. No obstante, ante la falta de consenso en el proyecto presentado, mediante Acuerdo Jurisdiccional 0100/2010-Bis de 27 de julio, se dispuso el segundo sorteo, actuado procesal que se produjo el 17 de agosto de 2010, por lo que la presente Resolución es pronunciada dentro de plazo.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de libertad
- ordenar la tutela
- III.3.
- o dilación
- III.4.
- III.5.
- circular 05/2008 de 10 de abril,
- POR TANTO
- 3º