Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1271/2010-R
Fecha: 03-Sep-2010
II.3.
II.3. Mediante circular 05/2008 de 10 de abril, el Presidente de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, hizo conocer a los jueces de tribunales de sentencia, jueces de sentencia, jueces de partido e instrucción, secretarios de cámara, secretarios y actuarios de las diferentes materias y cuantías de la capital y provincias, que en cumplimiento del art. 97 de la Ley de Organización Judicial abrogada (LOJabrg), la Sala Penal de la referida Corte, dispuso la realización de la primera visita general en la cárcel de San Pedro, para el lunes 21 de abril de 2007, a partir de horas 9:00 (fs. 19).
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de libertad
- ordenar la tutela
- III.3.
- o dilación
- III.4.
- III.5.
- circular 05/2008 de 10 de abril,
- POR TANTO
- 3º