SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1271/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1271/2010-R

Fecha: 03-Sep-2010

improcedente

La Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 004/2008 de 22 de abril, cursante de fs. 71 a 74, por la que declaró improcedente el recurso, recomendando a los Jueces Técnicos del Tribunal Primero de Sentencia, señalar audiencia para la consideración de la detención preventiva del imputado Sandro Santiago Villegas Villca, a la brevedad posible, bajo conminatoria de remitirse antecedentes al Consejo de la Judicatura, para, en su caso, sean procesados disciplinariamente; bajo los siguientes argumentos: i) No se interpuso recurso de reposición, previsto en el art. 401 del Código de Procedimiento Penal (CPP) contra la providencia que señaló audiencia de consideración para la cesación de la detención; ii) El hecho de que no se hubiere llevado a cabo la audiencia en la fecha señalada, no demuestra que estuviera indebida o ilegalmente perseguido, detenido o procesado; y, iii) Resulta evidente que para el 21 de abril de 2008, estaba señalada la primera visita de cárcel, a la que están obligados a asistir particularmente los juzgados en materia penal.