Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1296/2010-R
Fecha: 13-Sep-2010
II.2.
II.2. El Juez Quinto de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de Cochabamba, el 26 de enero de 2007, declaró probado el recurso de control de legalidad planteado por Gonzalo Terceros Rojas, en su condición de Alcalde Municipal de la provincia Cercado del departamento de Cochabamba; y en consecuencia, revocó totalmente la Resolución de 12 de diciembre de 2006 y deliberando en el fondo declaró probada la excepción de incompetencia del Tribunal Arbitral (944 a 945 vta.).
- recurso de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- Fragmento 16
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- “accionante”
- III.3. Respecto a la legitimación activa en el caso de las personas jurídicas
- acreditar la personería del accionante
- fotocopia simple
- REVOCAR