SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1296/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1296/2010-R

Fecha: 13-Sep-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La recurrente, ahora accionante, denuncia que se vulneraron los derechos al debido proceso y a la seguridad jurídica de la empresa que representa, debido a que una vez cumplida la etapa prearbitral y constituido el Tribunal Arbitral el 31 de octubre de 2006, plantearon una demanda de resolución de contrato ante el Tribunal Arbitral del Centro de la Cámara de Comercio de Cochabamba, a la cual el Municipio respondió el 24 de noviembre del referido año, argumentando excepción de incompetencia del Tribunal Arbitral, habiendo el Tribunal el 12 de diciembre de 2006, dictado la Resolución por la cual rechazó la excepción de incompetencia, por lo que el 3 de enero de 2007 el Municipio planteó una demanda de control de legalidad al amparo del art. 34 III de la LAC, misma que una vez sorteada se la remitió al Juzgado Quinto de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de Cochabamba, y éste, sin poner en conocimiento de ninguna de las partes interesadas, procedió el 26 del mencionado mes y año, a dictar Resolución a través de la cual declaró probada la demanda de control de legalidad y revocó la Resolución de 12 de diciembre de 2006 disponiendo la incompetencia del Tribunal Arbitral. Corresponde, dilucidar, en revisión, si tales extremos son evidentes y si constituyen actos ilegales y/o omisiones indebidas, lesivas a los derechos fundamentales invocados, a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.