SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1300/2010-R
Fecha: 13-Sep-2010
REVOCAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4 y 6 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público; 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, en revisión, resuelve REVOCAR la Resolución 11/2007 de 22 de septiembre, cursante de fs. 47 a 51, pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro; y en consecuencia, CONCEDE la tutela solicitada, dejándose sin efecto el "Auto Supremo" 007/2007, ordenado a los Vocales de la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, pronuncien un nuevo fallo acomodado el mismo a los fundamentos que contiene la presente Sentencia.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- sin lugar
- II.1
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- III.3. Los efectos del recurso de apelación
- Fragmento 13
- III.4. Caso concreto analizado
- 5
- Iura novit curia
- REVOCAR