SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1354/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1354/2010-R

Fecha: 20-Sep-2010

II.2.

II.2.Cursa de fs. 13 y vta., la solicitud de orden judicial de protocolización efectuada por el representado del recurrente ante la Jueza Segunda de Instrucción en lo Civil, autoridad que por Auto de 9 de junio de 2007, señala que el documento privado reconocido judicialmente hace la misma fe que un instrumento público y por consiguiente el documento que se pretende protocolizar no requiere de este acto para que tenga valor, por lo que no corresponde ordenar lo solicitado, debiendo el impetrante acudir a la vía y/o sección correspondiente de ser necesario. Ante dicha Resolución el representado de la recurrente interpuso recurso de reposición bajo alternativa de apelación (fs. 15 y vta.). Apelación que fue resuelta por Auto 019/07 de 12 de julio de 2007, que confirmó totalmente el auto recurrido, con el fundamento de que la Jueza a quo al emitir el Auto de 9 de junio de ese año, no infringió ninguna disposición legal contenida en la Ley del Notariado, ni de la Ley de Organización Judicial abrogada (fs. 16 y vta.). Solicitando explicación y complementación de este Auto de Vista (fs. 18 y vta.) el cual fue rechazado por versar en temas sustanciales (fs. 18 vta.).