SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1360/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1360/2010-R

Fecha: 20-Sep-2010

271/2007 de “9 de mayo”,

En este contexto, en el caso de autos, el accionante ha presentado en fotocopia legalizada el testimonio de poder 271/2007 de “9 de mayo”, (fs. 34 a 35 vta.), que confiere Jang Chul Pyun, en su calidad de representante de la empresa BOPA Internacional Ltda., a favor de Franklin Germán Gutiérrez Larrea; poder especial amplio y suficiente, para que represente a la empresa en todo tipo de actos jurídicos y específicamente para que presente la demanda de la acción de amparo constitucional, habiéndose insertado simplemente la transcripción del inciso “J” del poder notarial cuyo testimonio es el 240/2005, que solamente se refiere entre otros a sustituir dicho poder; omitiendo el resto de los documentos imprescindibles para ese tipo de acto, como ser: 1) Las normas estatutarias de las que emergen su capacidad de delegación, documentos que sirven para demostrar la existencia real de la empresa, y con ello la legitimación activa de la misma y de sus representantes legales; de otro lado, tampoco se ha acreditado la inscripción en el registro de comercio del citado poder, por tanto, este mandato no puede surtir efectos frente a terceros; requisito de forma que debe ser cumplido a tiempo de presentar el recurso, para su admisión; en consecuencia, el representante legal de accionante, no ha acreditado la personería para actuar a nombre y en representación de la empresa BOPA Internacional Ltda., debido a que la fotocopia legalizada del poder que presentó para la interposición de la acción de amparo, no cumple con todos los requisitos legales exigidos por este Tribunal; en consecuencia, corresponde denegar la tutela, sin ingresar al análisis de fondo del asunto.