SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1360/2010-R
Fecha: 20-Sep-2010
recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 029/2007 de 18 de junio, cursante de fs. 360 a fs. 361 vta., pronunciada por la Sala Civil Cuarta de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional interpuesto por Franklin Gutiérrez Larrea representante de la empresa “Bopa Internacional Ltda.” contra Claudia Solares Maymura, Directora General Ejecutiva del SENAPI; Jorge Estrada Soliz, Director Jurídico del Servicio Nacional de Propiedad Intelectual (SENAPI); Maria Eugenia Iriarte, Fiscal de Materia; Ivonne Montero de Hurtado, Wilma Ortíz Fernández y Flora Marilú Carrasco Frias, como representantes de Laboratorios “VITA” S.A.; alegando la vulneración de los derechos de la empresa que representa a la “seguridad jurídica”, a la defensa y de la garantía al debido proceso, citando al efecto los arts. 7 inc. a) y 16 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades y personas recurridas y petitorio
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- I.2.2. Informe de las autoridades y personas recurridas
- I.2.3. Intervención de las terceras interesadas
- previamente a ingresar al fondo debe verificarse la inmediatez y la legitimidad de los terceros interesados que han sido mal demandados a través del recurso.
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.6.
- Fragmento 14
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de amparo constitucional”.
- “accionante”
- III.3. Respecto a la legitimación activa en el caso de las personas jurídicas
- I.
- acreditar la personería del accionante
- 271/2007 de “9 de mayo”,
- APROBAR