SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1365/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1365/2010-R

Fecha: 20-Sep-2010

I.1.1.3. El incumplimiento del procedimiento legal establecido

Según la providencia cursante a fs. 70 vta. del expediente original, el Juez Primero de Ejecución Penal y Supervisión, solicitó a la Dirección General de Régimen Penitenciario la ratificación del requerimiento de traslado, realizada por el entonces Gobernador del Centro de Rehabilitación Santa Cruz; empero, según él, esta Dirección no asumió esta petición, simplemente indicó que debió primar el "mejor criterio" (sic) de esta autoridad jurisdiccional, incumpliendo el art. 48 inc. 13) de la LEPS y su Decreto Reglamentario; esta facultad de ratificación, no puede ser delegada al Juez de Ejecución Penal, por ser una norma de orden público y de cumplimiento obligatorio.