SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1402/2010-R
Fecha: 27-Sep-2010
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
El abogado de la parte recurrente en audiencia ratificó los fundamentos del memorial de su demanda y los amplió señalando que Erika Margot Vargas Callejas sostiene otros juicios en la ciudad de La Paz contra la empresa ROGHUR S.A., uno en el ámbito penal y otro en el laboral, ambos son independientes el uno del otro, el proceso penal que sigue es contra el Gerente de la empresa por motivos personales y delitos diferentes a los que se juzgan en el presente proceso, como son los delitos informáticos porque la ex funcionaria estaba manipulando una terminal remota y la base de datos se encuentra en Santa Cruz, en la casa matriz. Es evidente que el Tribunal de garantías no puede valorar prueba, pero si está claro que cuando solicitaron a la Sala Penal Segunda del Distrito Judicial de Santa Cruz, que aclare y complemente su Auto de Vista, porque no cumplía con la motivación prevista en el art. 124 del CPP, este Tribunal no lo complementó, simplemente lo rechazó, manteniendo su anómala Resolución como es el Auto impugnado.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.3 Intervención de la tercera interesada
- concediendo
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- "accionante"
- "conceder"
- III.3.Fundamentación o motivación de las resoluciones
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.5.
- REVOCAR