Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1432/2010-R
Fecha: 27-Sep-2010
Fragmento 16
Constituyendo facultad privativa de la jurisdicción ordinaria la valoración de prueba, el órgano jurisdiccional incurre en acto ilegal restrictivo de derechos fundamentales, cuando omite realizar ésa valoración. En ese sentido se ha pronunciado el Tribunal constitucional, a través de sus numerosos y uniformes fallos, entre otros, en la SC 0965/2006-R de 2 de octubre, al señalar que:
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- Fragmento 7
- concede
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- “recurso de
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- III.4. El caso en examen
- concedido
- APROBAR