AUTO CONSTITUCIONAL 018/2011-RCA
Fecha: 31-Ene-2011
en los casos en que como el presente, se interpuso un recurso de amparo constitucional que culminó con una resolución constitucional que no ingresó al fondo; el plazo se suspende durante ese periodo
Ahora bien, este plazo de seis meses para la presentación de la acción de amparo constitucional computable de corrido, únicamente se suspende en caso de haberse intentado una acción constitucional con anterioridad en la cual el juez o tribunal de garantías no ingresó a resolver el fondo de la temática formulada, al respecto el AC 0309/2006-RCA de 18 de octubre, reiteró el contenido de la SC 0814/2006-R, de 21 de agosto, indicando que: “…el cómputo del plazo de los seis meses para interponer el recurso de amparo constitucional, se inicia desde ocurrido el acto ilegal vulneratorio de derechos, y si este permite impugnación se inicia el cómputo desde la última actuación efectuada en reponer el derecho vulnerado; empero, en los casos en que como el presente, se interpuso un recurso de amparo constitucional que culminó con una resolución constitucional que no ingresó al fondo; el plazo se suspende durante ese periodo; es decir, que el cómputo se corta con la interposición del recurso de amparo constitucional en este caso, y luego se reinicia o continúa el cómputo desde la notificación de la Resolución o Sentencia Constitucional que no ingresó al fondo…”. (las negrillas nos corresponden).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- a)
- “improcedencia in límine”
- II.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley del Tribunal Constitucional
- II.2.
- en los casos en que como el presente, se interpuso un recurso de amparo constitucional que culminó con una resolución constitucional que no ingresó al fondo; el plazo se suspende durante ese periodo
- II.3. Análisis del caso de autos
- 13 de octubre de 2008
- II.3.2. Sobre la verificación de las causales de improcedencia o inactivación de la acción
- Sobre la personería del accionante:
- Sobre la identificación y domicilio los demandados:
- Sobre la intervención de terceros interesados
- Sobre los derechos que considera vulnerados:
- Sobre la causa de pedir de la acción: