AUTO CONSTITUCIONAL 018/2011-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 018/2011-RCA

Fecha: 31-Ene-2011

Sobre los derechos que considera vulnerados:

             Sobre los derechos que considera vulnerados: Los accionantes alegan la vulneración de los derechos de su representado a la “seguridad jurídica” entendida en el nuevo orden constitucional como un principio de impartir justicia y por ende no tutelable por la acción de amparo constitucional, al trabajo, al debido proceso en su elemento al juez natural y a la defensa, citando los arts. 14.I, III y IV, 46, 115.II, 117.I y 120.I de la CPE en los que se encuentran contenidos y realizando una explicación jurisprudencial de lo que ellos significan y comprenden, con el respetivo nexo de causalidad entre los hechos narrados y éstos.