SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1416/2011-R
Fecha: 10-Oct-2011
a)
En audiencia Iván Raúl Saavedra Guzmán, Juez codemandado, amplió su informe expresando que: a) En el Tribunal Primero de Sentencia, existe otro proceso instaurado por Mario Ernesto Matienzo contra las mismas personas, por los mismos delitos e igual tramitación del proceso penal, se preguntó el por qué en este proceso no se observó o señaló que se hubieran cometido ilegalidades o irregularidades procesales, y; b) En la etapa del juicio, se resolverían los incidentes y excepciones planteados y al no estar agotadas todas las vías legales, no se vulneró derecho alguno; tomando en cuenta que el proceso penal en ese momento se encontraba tramitándose conforme al art. 342 del CPP y que al no haberse dado cumplimiento al principio de subsidiariedad, corresponde declarar “improcedente” la acción interpuesta.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2
- II.3
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- por la persona que se creyere afectada
- la persona que se crea afectada, por otra a su nombre con poder suficiente
- corresponde denegar la tutela sin ingresar al análisis de fondo
- Ignacio Bedoya Saenz
- 1º REVOCAR
- 2º