SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1458/2011-R
Fecha: 10-Oct-2011
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante indica que la Asociación de Transporte Mixto de “Ironcollo” cursó un memorando donde se le hizo conocer la suspensión definitiva de su calidad de socia, medida adoptada en cumplimiento a la Resolución 01/09 de 17 de marzo emitida por la mancomunidad de OTB´s, que no tiene personería jurídica ni vínculo alguno con la Asociación y basándose para adoptar la extrema determinación, en que no comparte sus costumbres festivas. Agrega que no cometió falta alguna que avale su suspensión equiparable a una expulsión al no revocar la medida no obstante sus reclamos; tampoco fue procesada por la instancia competente que es el Tribunal de Honor. Corresponde analizar en consecuencia, en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos a los derechos fundamentales de la accionante, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- “procedente”
- a)
- “CONCEDIÓ”
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional y la prescindencia del principio de subsidiariedad en los casos debidamente justificados
- III.2. Desarrollo de los derechos y garantías alegados como vulnerados por la accionante a la luz de la Constitución Política del Estado e instrumentos internacionales
- credo religioso
- III.3. El caso en examen
- por razones de religión
- APROBAR