SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1460/2011-R
Fecha: 10-Oct-2011
Fragmento 16
El mandato contenido en el art. 119.I de la CPE, determina la igualdad de oportunidades a ser ejercidas por las partes en conflicto durante un proceso y el art. 121.II del mismo cuerpo legal, revaloriza a las víctimas en el proceso penal, disponiendo su derecho a ser oídas antes de cada decisión judicial; en virtud a ello, se colige que la víctima puede participar en el proceso aún cuando no se hubiere constituido en querellante ni parte civil, con facultades de conocer, propugnar, alegar e impugnar, conforme a las facultades que confiere el art. 79 del CPP, además de tener la posibilidad de interponer querella hasta el momento de presentación de la acusación fiscal, conforme a lo previsto por el art. 340 del indicado Código. Así, la SC 0077/2011-R de 7 de febrero señaló: “Siguiendo los presupuestos constitucionales de igualdad de oportunidades de las partes y efectiva revalorización a la víctima (arts. 119.I y 121.II CPE), dentro del proceso penal, la reforma del citado precepto por la Ley 007 de 18 de mayo de 2010, otorga a la víctima la facultad de participar o intervenir en la audiencia de consideración de medida cautelar y solicitar la detención preventiva del imputado, independientemente que se hubiera constituido o no en parte querellante, lo que significa que podrá participar de la audiencia de consideración de medidas cautelares y en todas las etapas del proceso para impugnar las determinaciones que considere lesivas a sus derechos e intereses legítimos, además de proponer diligencias de investigación que conduzcan al esclarecimiento del hecho y la sanción del culpable, debiendo 'ser oída antes de cada decisión judicial…' ”.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos, garantías y principios supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- i)
- denegó
- I.3. Tramite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Fases del proceso penal
- III.2. Facultad del Ministerio Público para emitir resolución de rechazo
- III.3. Objeción de la resolución de rechazo
- Fragmento 16
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.5. Consideraciones finales
- APROBAR