Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1460/2011-R
Fecha: 10-Oct-2011
II.3.
II.3. Mediante nota presentada el 24 de junio de 2009, la Jueza Novena de Instrucción en lo Penal del Distrito Judicial de Santa Cruz, en su calidad de contralora de garantías conminó a la Fiscal de Materia, Giovanna J. Rivas Rojas o su suplente, para que presente la imputación u otra resolución conclusiva de conformidad al art. 301 del CPP (fs. 124). En cumplimiento a la orden judicial, la citada Fiscal de Materia pronunció la Resolución de 27 del mismo mes y año, disponiendo el rechazo de las investigaciones (fs. 125); decisión que hizo conocer a la Jueza en la misma fecha (fs. 126). Notificada al denunciante dos días más tarde a horas 16:10 (fs. 129).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos, garantías y principios supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- i)
- denegó
- I.3. Tramite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Fases del proceso penal
- III.2. Facultad del Ministerio Público para emitir resolución de rechazo
- III.3. Objeción de la resolución de rechazo
- Fragmento 16
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.5. Consideraciones finales
- APROBAR