SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1464/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1464/2011-R

Fecha: 10-Oct-2011

I.1.1. Hechos que la motivan

Por memorial presentado el 1 de septiembre de 2009, cursante de fs. 10 a 15 vta., el accionante asevera que, habiendo sido electo Concejal titular en las elecciones municipales y mediante Resolución Municipal 022/2008 de 27 de mayo, fue designado Alcalde Municipal de Bolívar, funciones que cumplió con total normalidad hasta el 31 de julio de 2009; sin embargo, a consecuencia de presiones y coacciones por parte de dirigentes sindicales de las comunidades Pampa Jasi, Yarvicoya, algunos miembros del Comité Cívico y Concejales como Juan Escalante Apaza, Dolores Rojas Beltrán y Aniceto Cuti Felipe, le hicieron suscribir una nota de renuncia irrevocable al cargo que desempeñaba el 31 del mismo mes y año, que fue presentada ante el Concejo Municipal el 3 de agosto de ese año, por Vicente Condori Miranda y Valerio Challapa Mamani en sus calidades de Secretario Ejecutivo de la Central Provincial de Bolívar y Presidente del Comité de Vigilancia de Villa Victoria, respectivamente.

A consecuencia de la presentación de esa nota de renuncia por terceras personas y no así por el accionante, se dio por válida la misma en el Concejo Municipal y se procedió a elegir un nuevo Alcalde que recayó en la persona de Juan Escalante Apaza, emitiéndose la respectiva Resolución Municipal, por lo que el nombrado a la fecha de interposición de la acción viene ejerciendo dichas funciones.