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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1464/2011-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1464/2011-R

    Fecha: 10-Oct-2011

    II.1.

    II.1.  En las elecciones municipales realizadas el 5 de diciembre de 2004, Prudencio Tola Simón, hoy accionante, fue elegido Concejal titular de la Primera Sección de la provincia Bolívar del departamento de Cochabamba, y por Resolución Municipal 022/2008 de 27 de mayo, fue designado Alcalde de ese Municipio (fs. 1 a 2).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que la motivan
    • a)
    • 1)
    • denegó
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 13
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • porque el acto que se considera lesivo de derechos es emanado directamente del Concejo Municipal, quien se considere agraviado tiene el deber y responsabilidad de hacer uso de la reconsideración
    • Exigencia de presentación de la renuncia
    • III.3. Consideraciones previas antes de ingresar al análisis de fondo
    • III.4. Análisis del caso concreto
    • no siendo la vía adecuada para dirimir supuestos derechos que se encuentren controvertidos o que no se encuentren consolidados, porque dependen para su consolidación de la dilucidación de cuestiones de hecho o de la resolución de una controversia sobre los hechos
    • APROBAR

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