SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1478/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1478/2011-R

Fecha: 10-Oct-2011

III.1.

Habiéndose planteado de manera simultánea las acciones de amparo constitucional y protección de privacidad, el Tribunal Constitucional a través de la SC 1046/2010-R de 23 de agosto, sostuvo que: “…es necesario precisar, que entre ambas acciones tutelares existe una marcada diferencia, tanto en su naturaleza jurídica, sus fines y objetivos, así como en sus alcances; en efecto, el amparo constitucional tiene por finalidad la tutela inmediata y eficaz de derechos fundamentales y garantías constitucionales restituyéndolos en los casos en que sean amenazados, suprimidos o restringidos por actos u omisiones indebidos, en cambio del hábeas data, proteger el derecho a la autodeterminación informática, preservando la información sobre los datos personales ante su utilización incontrolada, indebida e ilegal, impidiendo que terceras personas usen datos falsos, erróneos o reservados que podrían causar graves daños y perjuicios a la persona, aunque su tramitación sea igual a la del amparo constitucional; empero, por las marcadas diferencias ya señaladas, no corresponde una tramitación conjunta de ambos recursos.